¿Conoces los requisitos para circular por carretera con camiones de segunda mano? II: Protección trasera

Como ya vimos en el artículo anterior sobre los requisitos de los camiones
de segunda mano para circular
por las vías públicas: Dispositivos de
limitación de velocidad, los camiones de segunda mano, tienen los
mismos requisitos para circular por carretera que los de reciente
matriculación, y en este artículo nos vamos a centrar en la protección
trasera.

protección trasera camión segunda mano

La regulación sobre la protección trasera es igual para camiones de segunda mano o recién matriculados

Según el Anexo IV del Reglamento General de Vehículos, todos los vehículos
deben estar construidos y/o equipados con una protección eficaz en su
ancho contra el empotramiento de los vehículos destinados al transporte de personas con capacidad de hasta 9 plazas, incluido el conductor, al igual
que aquellos destinados al transporte de mercancías cuya MMA no supere
las 3,5 tonelada.

¿Cuándo se considera que la protección trasera es eficaz?

  • En los vehículos de las categorías N2, N3, 03 y 04: la protecció trasera se considera efectiva cuando esta responda en dimensiones y resistencia a la deformación contra el empotramiento a lo establecido en la reglamentación vigente.
  • En los vehículos de la categoría N1: Cuando la forma de la parte trasera se adapte a lo establecido en la reglamentación vigente, o cuando la altura debajo de la parte posterior del vehículo no sobrepase de 5500 milímetros en un ancho que no deberá ser inferior en más de 100 milímetros de cada lado al eje trasero (sin tener en cuenta la deformación de los neumáticos en la proximidad del suelo). O bien, cuando esté equipado con un equipo de protección trasera contra el empotramiento que responda, en dimensiones y resistencia a lo establecido en la reglamentación

¿Existen excepciones?

Al igual que ya sucedía para las limitaciones del camión, quedan exentos de esta obligatoriedad de protección trasera los tractocamiones para semirremolques y los camiones en los cuales la existencia de este tipo de protección sea incompatible con su utilización.

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