¿Cuándo puede el camionero participar en la carga y descarga?

Las excepciones al Decreto Ley sobre la prohibición de los camioneros en las operaciones de descarga y carga que recoge 8 supuestos en los que el camionero sí tendrá que realizar estos trabajos, 8 excepciones a dicha prohibición y que tendrá vigencia en 6 meses.
Las asociaciones de transportistas negociaron cada una de las excepciones con el Ministerio del transporte para asegurarse que cumplan con todas las normas.
Eso sí, salvo estas ocho excepciones, está totalmente prohibido que una empresa le exija al camionero que realice la carga y descarga de la mercancía o producto que transporte. Si quieres saber más al respecto, continúa leyendo que traemos para ti cada una de estas excepciones.

camionero

¿Cuándo puede el camionero participar en la carga y descarga?

Estos son los servicios que sí incluirán la carga y descarga de la mercancía
• La primera excepción es el transporte de mudanzas y guardamuebles.
• La segunda es el transporte de vehículos cisternas, lo que supone que el camionero debe contar con el equipamiento adecuado para realizar dicha descarga.
• La tercera es el transporte de áridos o cualquier vehículo basculante que esté destinado a realizar operaciones de carga y descarga.
• La cuarta excepción hace referencia al transporte de portavehículos y grúas de auxilio en carretera, es decir, sí recogen o remolcan tu vehículo son responsables tanto de subirlo a portavehículo o grúa, así como de descargarlo.
• En quinto lugar, el transporte de carga fraccionada entre el centro de distribución y punto de venta. Esto dependerá de lo que se determine en el reglamento de servicios de paquetería. Pero en concreto, esta excepción estipula que las mercancías que impliquen una recogida y reparto deberán ser cargadas y descargadas por el camionero en torno a que el número de bultos sea reducido y puedan ser fácilmente manipulados por una única persona.
• La sexta excepción es el transporte de animales vivos, pero siempre guiándose por la ley de protección de los animales, el conductor deberá cargar y descargar a los mismos en cada punto de control de ser requerido.
• La séptima excepción son los supuestos en los que la normativa reguladora de determinados tipos de transporte establezca específicamente otra cosa en relación con la participación del conductor.
• Y en octava y última posición los supuestos que reglamentariamente se establezcan, siempre que se garantice la seguridad del conductor y éste haya aceptado voluntariamente los mismos.

Añadir un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *